Con fundamento en lo establecido en el artículo 11 de la Constitución Política, el artículo 103, inciso l), de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 11, inciso ch), de la Ley de Organización y Funcionamiento del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, la Junta Directiva en sesión ordinaria, n°4381, artículo 5, acuerdo 5º, celebrada el día 11 de mayo del año 2016, acuerda dictar el siguiente Código de Ética.
“Artículo 13. Ambiente de Control. En cuanto al ambiente de control, serán deberes del jerarca y de los titulares subordinados, entre otros, los siguientes:
“2.3 Fortalecimiento de la ética institucional:
El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben propiciar el fortalecimiento de la ética en la gestión, mediante la implantación de medidas e instrumentos formales y la consideración de elementos informales que conceptualicen y materialicen la filosofía, los enfoques, el comportamiento y la gestión éticos de la institución, y que conlleven la integración de la ética a los sistemas de gestión”.
CAPÍTULO I Disposiciones Generales
El presente Código de Ética tiene como objeto establecer, fortalecer y apoyar una cultura institucional integral, basada en la promoción de los principios y valores éticos, orientados al cumplimiento de los valores institucionales, una gestión transparente, con honestidad y responsabilidad.
Las disposiciones contenidas en este Código constituyen un marco de referencia para el comportamiento de todo el personal del IFAM, sin perjuicio de otra normativa que por su naturaleza general, sea aplicable al recurso humano del Instituto y el sector público.
Los Valores representan normas, deberes y formas de actuar que todo ser humano debe seguir para ser un(a) ciudadano(a) libre y potencialmente bueno, entre los cuales se destacan conductas ordenadas y actitudes positivas, con responsabilidad en el actuar personal y laboral, respeto a la integridad física y psicológica de las demás personas.
Los valores institucionales que rigen el quehacer del IFAM, así como las relaciones interinstitucionales y del personal son los siguientes.
Los principios que guían la labor del IFAM son los siguientes.
Afán de Servicio. Deben tomar sus decisiones basadas en el interés público. No deben hacerlo con la intención de obtener un beneficio financiero o material de cualquier tipo para sí mismos, su familia ni sus amistades, derivado de sus acciones, decisiones y nombramientos realizados en virtud del cargo o del uso de información obtenida en razón de este.
No deben ponerse en situación de obligación financiera o de cualquier otro tipo frente a cualquier persona u organización que pueda influenciarles en el desempeño de sus decisiones laborales.
No deben ejecutar sus funciones públicas, incluyendo la realización de nombramientos, el otorgamiento de contratos o la concesión de recomendaciones a personas para la obtención de recompensas y beneficios, deben tomar sus decisiones de acuerdo con criterios de mérito.
Rendición de Cuentas. Deben rendir cuentas ante los órganos públicos correspondientes, la prensa, las organizaciones de la sociedad civil y la ciudadanía en general por los actos y decisiones realizadas en el ejercicio del cargo y someterse a cualquier forma de escrutinio que resulte apropiada para su cargo.
Deben ser abiertos sobre las acciones y decisiones que realicen en el ejercicio de su cargo. Deben fundamentar adecuadamente sus decisiones y discrecionar la información sobre ellas cuando el interés público claramente lo demande.
Deben declarar públicamente cualquier interés privado relacionado con sus deberes públicos y tomar las medidas necesarias para resolver cualquier conflicto de interés en forma adecuada para proteger el interés público.
Deben proteger y conservar los bienes del Estado; debiendo utilizar los que les fueron asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando abusos, derroche ni desaprovechamiento.
Se debe promover y apoyar principios y valores con liderazgo y ejemplo personal.
Los principios que dan sentido de orientación al cometido del IFAM son lo siguientes.
Trabajo en Equipo. Buena disposición y unidad de esfuerzos, responsabilidad individual y colectiva de cada uno de las y los funcionarios, unificación de los objetivos individuales y sectoriales con los del Instituto, para lograr la realización de los fines propios del Instituto.
Excelencia Laboral. Acciones concretas basadas en el compromiso, labores en grupo y equipo, simplificación de trámites y procesos, adaptabilidad al cambio, mejora continua, eficacia y eficiencia en la prestación del servicio institucional dirigido a los destinatarios, trabajo orientado al logro, con la mejor ejecución de recursos asignados, buen desempeño y calidad en los productos ofrecidos..
Capacidad de enfocar los propios esfuerzos en conseguir un fin. Amoldar la actitud y el compromiso individual para conseguir una eficiencia máxima en sus labores.
Cualidad humana para comprometerse y expresarse con coherencia y sinceridad, diciendo la verdad conforme a los valores de veracidad y justicia.
Valor de conciencia personal, que permite reflexionar, administrar, orientar y valorar las consecuencias de los actos y decisiones, siempre en el plano de lo moral en pro del mejoramiento laboral, social, cultural y natural.
Consideración hacia uno mismo y en el trato a los demás, con valoración crítica de las opiniones sobre la base de relaciones positivas, la tolerancia frente a las opiniones, al pluralismo y la diversidad, escuchando asertivamente y teniendo claridad y congruencia en todas las acciones.
Unión y la colaboración mutua para promover alternativas de solución a situaciones concretas, a partir de la comprensión de la alteridad, apoyo, respaldo e identificación que esto genera con un trato digno hacia los demás.
Realizar acciones en forma óptima que permitan integrar actitudes, conocimientos, habilidades, destrezas y deberes para alcanzar virtudes de alto desempeño con la mejor calidad.
Superación. Mejorar las propias cualidades, buscando la excelencia de forma responsable superando obstáculos, con el compromiso de alcanzar el éxito en todas las acciones que se emprendan.
Desarrollar todas las actividades que se emprendan con convicción propia, con fuerza de voluntad para lograr triunfar para así obtener resultados satisfactorios.
CAPÍTULO II De los Deberes Éticos del Personal del IFAM
El personal debe ser leal con la institución, desempeñando su trabajo cotidiano con responsabilidad, eficiencia y fidelidad hacia los principios éticos e institucionales que la rigen. Por lo tanto todo funcionario y toda funcionaria deberán:
ü Abstenerse de realizar comentarios y acciones que denigren la Institución y a sus compañeros y compañeras de trabajo.
Utilizar responsablemente la jornada laboral en procura de lograr los objetivos de las funciones asignadas, de manera eficaz y eficiente, en resguardo de los recursos públicos y en consecución de los fines para los que fue creado el Instituto.
Guardar discrecionalidad de la información sensible o no, a la cual se tiene acceso y conocimiento, como consecuencia del ejercicio de las funciones desempeñadas.
CAPÍTULO III De los Servidores y Servidoras del IFAM
Todo funcionario y toda funcionaria del IFAM deberán conducirse en las relaciones con sus compañeros y compañeras de trabajo bajo las siguientes premisas.
El IFAM tiene como misión contribuir al mejoramiento del régimen municipal mediante la prestación de servicios de asistencia técnica, financiamiento y capacitación, por lo que se deberá mantener el respeto, responsabilidad y diligencia en las relaciones externa bajo los siguientes preceptos.
CAPÍTULO IV Consideraciones Finales
El Código de Ética se implementara bajo los siguientes factores, elementos y características.
Rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.